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El servicio se realizara con plena sujeción a lo dispuesto por  la actual normativa que regula y desarrolla la actividad de Seguridad Privada en lo que resulte aplicable al caso:

 

REAL DECRETO 1942/1993. Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios

REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

CTE- DBSI- Documento Básico Seguridad en Caso de Incendio.

Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.

ORDEN do 27 de julio do 1999 por la que se determinan las condiciones que deben reunir los extintores de incendios instalados en vehículos de transporte de personas o de mercancías.

Real Decreto 393/2007. Norma Básica de Autoprotección.

Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada.

Real decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el reglamento de seguridad privada.

Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.

Orden INT/315/2011, de 1 de febrero, por la que se regulan las Comisiones Mixtas de Coordinación de Seguridad Privada.

Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.

Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.

Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.

Ley 5-2014, de 4 de abril, de Seguridad Privadade Seguridad Privada.